SALTA, 3 de octubre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 964
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 374 - 265.343/22 - Cpde. 60 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 9 y 10 de la obra “REFACCIONES VARIAS PARA SUBSEDE UPATECO - CAFAYATE - DPTO. CAFAYATE - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 523/23 a la firma “ING. EVERARDO BENAVIDEZ”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 137.745.621,86 (pesos ciento treinta y siete millones setecientos cuarenta y cinco mil seiscientos veintiuno con 86/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023;
Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 610/24, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 7 y 8, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 359.304.697,06 (pesos trescientos cincuenta y nueve millones trescientos cuatro mil seiscientos noventa y siete con 06/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024;
Que a fs. 01, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 01, rola nota mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 56 mediante Actuación Nº 228/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 57/58 el Dictamen Nº 597/24 y a fs. 58 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 5,48 % y 5,83 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Marzo y Mayo de 2.024 respectivamente;
Que a fs. 59/60, la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 378.398.090,67 (pesos trescientos setenta y ocho millones trescientos noventa y ocho mil noventa con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.024, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024 por la suma de $ 359.304.697,06 (pesos trescientos cincuenta y nueve millones trescientos cuatro mil seiscientos noventa y siete con 06/100), de la actualización Nº 9 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024 por la suma de $ 10.616.356,34 (pesos diez millones seiscientos dieciséis mil trescientos cincuenta y seis con 34/100) y de la actualización Nº 10 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.024 por la suma de $ 8.477.037,27 (pesos ocho millones cuatrocientos setenta y siete mil treinta y siete con 27/100);
Que a fs. 61, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 64/69, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 73/74, mediante Dictamen Nº 467/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;
Que a fs. 75, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 183/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 9 y 10 de la obra “REFACCIONES VARIAS PARA SUBSEDE UPATECO - CAFAYATE - DPTO. CAFAYATE - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 523/23, a la contratista “ING. EVERARDO BENAVIDEZ”.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución S.O.P. Nº 610/24, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 378.398.090,67 (pesos trescientos setenta y ocho millones trescientos noventa y ocho mil noventa con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.024, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024 por la suma de $ 359.304.697,06 (pesos trescientos cincuenta y nueve millones trescientos cuatro mil seiscientos noventa y siete con 06/100), de la actualización N° 9 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024 por la suma de $ 10.616.356,34 (pesos diez millones seiscientos dieciséis mil trescientos cincuenta y seis con 34/100) y de la actualización Nº 10 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.024 por la suma de $ 8.477.037,27 (pesos ocho millones cuatrocientos setenta y siete mil treinta y siete con 27/100).
ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “ING. EVERARDO BENAVIDEZ”, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007177802 - Financiamiento: Libre Disp. (100) - Proyecto: 1084 - Unidad Geográfica: 21 - Ejercicio: 2.024.
ARTICULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente