RESOLUCIONES



SALTA, 3 de octubre de 2024

RESOLUCIÓN Nº 965

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 3.903/23 - Cpde. 15 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de la obra “CONSTRUCCIÓN DE AULAS EN ESTABLECIEMIENTOS EDUCATIVOS VARIOS - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 306/23 a la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 69.593.913,02 (pesos sesenta y nueve millones quinientos noventa y tres mil novecientos trece con 02/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023 (fs. 02/03);

Que, asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 46/24, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 83.965.158,50 (pesos ochenta y tres millones novecientos sesenta y cinco mil ciento cincuenta y ocho con 50/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023;

Que a fs. 328/335, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 04 rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 346/347, mediante Actuación Nº 289/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 348/350 el Dictamen Nº 563/24 y a fs. 350 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 7,93%, 18,39%, 9,91%, 9,51%, 11,74%, 37,22%, 9,82%, 6,96% y 7,28% del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2.023, y Enero, Febrero y Abril de 2.024 respectivamente;

Que a fs. 352/360, la entonces Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 132.124.430,01 (pesos ciento treinta y dos millones ciento veinticuatro mil cuatrocientos treinta con 01/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023 por la suma de $ 83.965.158,50 (pesos ochenta y tres millones novecientos sesenta y cinco mil ciento cincuenta y ocho con 50/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 5.007.149,42 (pesos cinco millones siete mil ciento cuarenta y nueve con 42/100), de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 10.727.284,74 (pesos diez millones setecientos veintisiete mil doscientos ochenta y cuatro con 74/100), de la actualización Nº 4 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023 por la suma de $ 6.467.563,80 (pesos seis millones cuatrocientos sesenta y siete mil quinientos sesenta y tres con 80/100), de la actualización Nº 5 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 4.741.413,89 (pesos cuatro millones setecientos cuarenta y un mil cuatrocientos trece con 89/100), de la actualización Nº 6 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.023 por la suma de $ 5.130.522,03 (pesos cinco millones ciento treinta mil quinientos veintidós con 03/100), de la actualización Nº 7 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 12.258.540,84 (pesos doce millones doscientos cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta con 84/100), de la actualización Nº 8 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024 por la suma de $ 2.189.574,10 (pesos dos millones ciento ochenta y nueve mil quinientos setenta y cuatro con 10/100), de la actualización Nº 9 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.024 por la suma de $ 1.400.605,86 (pesos un millón cuatrocientos mil seiscientos cinco con 86/100), de la actualización Nº 10 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024 por la suma de $ 236.616,83 (pesos doscientos treinta y seis mil seiscientos dieciséis con 83/100);

Que a fs. 362, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 365/373, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 377/379, mediante Dictamen Nº 459/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 380, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de la obra “CONSTRUCCIÓN DE AULAS EN ESTABLECIEMIENTOS EDUCATIVOS VARIOS - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 306/23, a la contratista “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente mediante Resolución S.O.P. Nº 46/23, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 132.124.430,01 (pesos ciento treinta y dos millones ciento veinticuatro mil cuatrocientos treinta con 01/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023 por la suma de $ 83.965.158,50 (pesos ochenta y tres millones novecientos sesenta y cinco mil ciento cincuenta y ocho con 50/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 5.007.149,42 (pesos cinco millones siete mil ciento cuarenta y nueve con 42/100), de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 10.727.284,74 (pesos diez millones setecientos veintisiete mil doscientos ochenta y cuatro con 74/100), de la actualización Nº 4 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023 por la suma de $ 6.467.563,80 (pesos seis millones cuatrocientos sesenta y siete mil quinientos sesenta y tres con 80/100), de la actualización Nº 5 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 4.741.413,89 (pesos cuatro millones setecientos cuarenta y un mil cuatrocientos trece con 89/100), de la actualización Nº 6 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.023 por la suma de $ 5.130.522,03 (pesos cinco millones ciento treinta mil quinientos veintidós con 03/100), de la actualización Nº 7 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 12.258.540,84 (pesos doce millones doscientos cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta con 84/100), de la actualización Nº 8 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024 por la suma de $ 2.189.574,10 (pesos dos millones ciento ochenta y nueve mil quinientos setenta y cuatro con 10/100), de la actualización Nº 9 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.024 por la suma de $ 1.400.605,86 (pesos un millón cuatrocientos mil seiscientos cinco con 86/100), de la actualización Nº 10 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024 por la suma de $ 236.616,83 (pesos doscientos treinta y seis mil seiscientos dieciséis con 83/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011128001 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 269 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.024.

ARTICULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




R. S/C N° 100014554
Orden de Publicación: 100118577
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 17/10/2024

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