SALTA, 10 de octubre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 986
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 158 - 69.190/22 - Cpde. 16 y agregados.
VISTO la documentación técnica correspondiente al Adicional Nº 1, surgido en la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.471 - EL MIRADOR - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución S.O.P. 226/23 (fs. 44), se adjudica la ejecución de la mencionada obra a la firma “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, suscribiéndose el Convenio de Obra Pública por la suma de $ 2.853.378,33 (pesos dos millones ochocientos cincuenta y tres mil trescientos setenta ocho con 33/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023 (fs. 04/06);
Que a fs. 22, la Inspección de Obra de la entones Dirección de Obras de Educación eleva el Adicional Nº 1 de la citada obra, adjuntando informe justificativo de su necesidad, la documentación técnica, el cómputo y presupuesto, el plan de trabajo y la curva de inversión correspondientes a las tareas que conforman el mismo (fs. 15/17 y 45/48);
Que las tareas adicionales no previstas en la obra básica consisten en la demolición, retiro e instalación de puerta baño docente, el arreglo de cielorrasos, la dotación del agua caliente y el camino de acceso fratasado, las cuales resultan necesarias para el correcto funcionamiento de todo el establecimiento y contienen ítems no contractuales;
Que a fs. 21, rola el informe Técnico Ambiental interno Nº 239/23, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;
Que a fs. 22 vta., la Dirección de Obras de Educación y la Coordinación General de Obras de la S.O.P., prestan conformidad al Adicional Nº 1;
Que a fs. 25, mediante Actuación Nº 513/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 26/27 el Dictamen Nº 152/24 y a fs. 23 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, informando que el Adicional Nº 1 asciende a la suma de $ 642.269,73 (pesos seiscientos cuarenta y dos mil doscientos sesenta y nueve con 73/100), cifra que representa una variación equivalente al 22,51 % del monto contractual básico;
Que a fs. 28, la entonces Dirección de Obras de Educación, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, manifiesta que el monto del adicional de referencia asciende a la suma de $ 642.269,73 (pesos seiscientos cuarenta y dos mil doscientos sesenta y nueve con 73/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023, contando con la conformidad de la contratista;
Que a fs. 30, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 35/39, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, toman la intervención que les compete en cumplimiento de lo dispuesto por Resolución Nº 212/12 del Ministerio de Economía y Servicio Públicos y por Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 41/42, mediante Dictamen Nº 326/24, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación del adicional de obra Nº 1;
Que a fs. 43, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete, mediante Informe Nº 26/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 94 y 95 de la Ley Nº 8.072, artículo 128 del Decreto Reglamentario Nº 1.319, articulo 11 del Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución S.O.P Nº 216/19,
EL SECRETARIO DE OBRA PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la documentación técnica y la ejecución de los trabajos correspondientes al Adicional Nº 1, surgido en la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.471 - EL MIRADOR - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, que ejecuta la firma “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, que asciende a la suma de $ 642.269,73 (pesos seiscientos cuarenta y dos mil doscientos sesenta y nueve con 73/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023 y con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Plan de Trabajos y la Curva de Inversión del mencionado Adicional que rolan a fs. 47/48 de estas actuaciones, los que como Anexo forman parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública - Adicional Nº 1 con la contratista RABUFETTI CONSTRUCCIONES, por el monto y condiciones indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará al Curso de Acción: 071011129101 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 917 - Unidad Geográfica: 133 - Ejercicio 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente