SALTA, 21 de Octubre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 1002
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 96.705/22 - 0 y agregados.
VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 23/24 llevado a cabo para la contratación de la obra “REFUNCIONALIZACIÓN Y AMPLIACIÓN HOSPITAL SAN FRANCISCO SOLANO - 1ª ETAPA - EL GALPÓN - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución S.O.P. Nº 819/24 (fs. 132/133), se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 380.637.464,52 (pesos trescientos ochenta millones seiscientos treinta y siete mil cuatrocientos sesenta y cuatro con 52/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024, con un plazo de ejecución de 360 (trescientos sesenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;
Que a fs. 135/175, mediante Resolución Nº 24/24 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;
Que según constancias de fs. 180, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 178/179 en el Boletín Oficial, y a fs. 181 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;
Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 24 de Septiembre de 2.024 (fs. 199), no se presentó ninguna oferta a la convocatoria, razón por la cual corresponde declarar desierta la contratación en curso;
Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia establecido en la ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;
Que a fs. 203/204, mediante Dictamen Nº 483/24, rola la intervención de la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite que declare desierta a la adjudicación simple mencionada;
Que a fs. 205, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 88/24;
Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 23/24, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 819/24, para la ejecución de la obra “REFUNCIONALIZACIÓN Y AMPLIACIÓN HOSPITAL SAN FRANCISCO SOLANO - 1ª ETAPA - EL GALPÓN - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 380.637.464,52 (pesos trescientos ochenta millones seiscientos treinta y siete mil cuatrocientos sesenta y cuatro con 52/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024, con un plazo de ejecución de 360 (trescientos sesenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.
ARTÍCULO 2º.- Declarar desierto el proceso selectivo de Adjudicación Simple Nº 23/24 mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolución por falta de presentación de ofertas.
ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la entonces de la Dirección de Obras Salud de la Secretaría de Obras Públicas, a realizar los trámites para contratar de manera directa la presente contratación, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley 8.072.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente