SALTA, 19 de Septiembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 133
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Expediente Nº 386 - 247.191/22 - Cpde. 46 y agregados.
VISTO la documentación técnica de los trabajos correspondientes al Adicional Nº 1, surgido en la obra “POLO TECNOLÓGICO SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 79/24 del Ministerio de Infraestructura (fs. 164), se adjudica la ejecución de la mencionada obra a la empresa CIPROE S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 250.185.942,44 (pesos doscientos cincuenta millones ciento ochenta y cinco mil novecientos cuarenta y dos con 44/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023 (fs.59/60);
Que asimismo, mediante Resolución N° 03/24 del Ministerio de Infraestructura, se aprueba el proceso de Redeterminacion de precios N° 1 y 2 quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 304.654.733,34 (pesos trescientos cuatro millones seiscientos cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y tres con 34/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023;
Que a fs. 57, la Inspección de Obra de la entones Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico eleva el Adicional Nº 1 de la citada obra, adjuntando informe justificativo de su necesidad, la documentación técnica, cómputo y presupuesto, plan de trabajo y curva de inversión correspondientes a las tareas que conforman el mismo (fs. 88/103 y 162/163);
Que las tareas adicionales no se encontraban previstas en el proyecto ejecutivo original, incluyen ítems contractuales y no contractuales y resultan necesarias para el normal funcionamiento del Polo Tecnológico de San Lorenzo, ya que posibilitará proveer al inmueble de un nuevo servicio de agua potable, ya que la red existente no cuenta con la capacidad para suministrar el caudal requerido, se realizará la demolición y posterior reposición de muros y contrapisos en los cuales se detectaron asentamientos y al modificarse la disposición de una de las galerías se generó la necesidad de realizar el cambio de las pendientes de un sector de la cubierta;
Que los trabajos adicionales consisten: I) Red de Agua Potable: 1. Excavación a máquina para tendido de cañería, 2. Provisión y colocación de Cañería PVC CL6, 3. Provisión y colocación de Hidrante de H°D° a bola completo con adaptación bridado, 4. Construcción integral de cámara de H°A°, 5. Readecuación De la Red Vial; II) Conexiones Domiciliarias: 1. Excavación a máquina para tendido de cañería para la conexión domiciliaria, 2. Tendido de cañería para conexión domiciliaria; III) Readecuación en Edificio Existente: 1. Demolición, 2. Excavación, 3. Hormigones, 4. Estructura, 5. Reposición de contrapisos, 6. Mampostería ladrillo cerámico, 7. Revoque, 8. Hormigón proyectado en muro de ladrillo hueco existente, 9. Demolición para adecuación de pendiente, de estructura metálica de soporte cubierta existente, y Remontaje estructura metálica de soporte cubierta;
Que a fs. 58, rola el Informe Técnico Ambiental Nº 40/24, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;
Que a fs. 135 vta., la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico y la Coordinación General de Obras de la S.O.P., prestan conformidad al Adicional de Obra N° 1 solicitado;
Que a fs. 146, mediante Actuación Nº 301/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 148/151 el Dictamen Nº 604/24 y a fs. 151 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, informando que el Adicional Nº 1 asciende a la suma de $ 42.942.760,08 (pesos cuarenta y dos millones novecientos cuarenta y dos mil setecientos sesenta con 08/100), cifra que representa una variación equivalente al 14,10 % del monto contractual básico;
Que a fs. 152, la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, manifiesta que el monto del adicional de referencia asciende a la suma de $ 42.942.760,08 (pesos cuarenta y dos millones novecientos cuarenta y dos mil setecientos sesenta con 08/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023, contando con la conformidad de la contratista;
Que a fs. 153, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 141/144 y 155, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, toman la intervención que les compete en cumplimiento de lo dispuesto por Resolución Nº 212/12 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos y por el Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 159/160, mediante Dictamen Nº 436/24 la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación del adicional de obra Nº 1;
Que a fs. 1661, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete, mediante Informe Nº 25/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 94 y 95 de la Ley Nº 8.072, artículo 128 del Decreto Reglamentario Nº 1.319, artíulo 11 del Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución S.O.P Nº 216/19,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la documentación técnica y la ejecución de los trabajos correspondientes al Adicional Nº 1, surgidos en la obra “POLO TECNOLÓGICO SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, que ejecuta la empresa CIPROE S.R.L., que asciende a la suma de $ 42.942.760,08 (pesos cuarenta y dos millones novecientos cuarenta y dos mil setecientos sesenta con 08/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Plan de Trabajos y la Curva de Inversión del mencionado Adicional que rola a fs. 162/163 de estas actuaciones, los que como Anexo forman parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública - Adicional Nº 1 con la contratista CIPROE S.R.L., por el monto y condiciones indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará al Curso de Acción: 092007178101 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 486 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Camacho