CONSTRUCTORA 360 SAS
Por Instrumento público con certificacion notorial digital, de fecha 23/04/2024, y adenda por null, de fecha null, se constituyó la sociedad por acciones simplificada denominada CONSTRUCTORA 360 SAS, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta y sede social en la calle pasaje La Poma 2296, oficina barrio Santa Victoria, en la ciudad de Salta.
Socios: Javier Arturo Garcia, DNI N° 31.130.626, CUIT 20-31130626-0, de nacionalidad argentino/a, nacido el 06/05/1985, profesión: empresario, estado civil: soltero, con domicilio en La Nueva Provincia 2480, departamento barrio Santa Victoria, en la localidad de Salta, Salta; Javier Eduardo Vuistaz Serrano , DNI N° 18.230.194, CUIT 23-18230194-9, de nacionalidad argentino/a, nacido el 20/10/1968, profesión: abogado, estado civil: casado con Victoria Beatriz Aparicio, con domicilio en block 14, piso, departamento, en la localidad de Salta, Salta.
Plazo de Duración: 99 años.
Objeto: la sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena o asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país, a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, industrialización, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de toda clase de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de toda clase de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: (a) Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b) Comunicaciones, espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c) Industrias manufactureras de todo tipo; (d) Culturales y educativas; (e) Desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y software; (f) Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (g) Inmobiliarias y constructoras; (h) Construcción de obras de ingeniería civil n.c.p.; (i) Actividades especializadas de construcción n.c.p. (j) Colocación de cristales en obra (k) Construcción, reforma y reparación de edificios no residenciales; (l) Construcción, reforma y reparación de edificios residenciales (m) Construcción, reforma y reparación de todo tipo de obras de infraestructura (n) Construcción, reforma y reparación de obras hidráulicas (ñ) Construcción, reforma y reparación de redes distribución de electricidad; (o) Instalaciones de gas, agua, sanitarios y de climatización, con sus accesorios; (p) Servicios de arquitectura e ingeniería y servicios conexos; (q) Petroleras, gasíferas, forestales, mineras y energéticas en todas sus formas; (r) Salud; (s) Transporte, (t) Inversoras, financieras y fideicomisos (u) Prestación de servicios jurídicos, contables y de asesoramiento empresarial. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público.
Capital: $ 500.000, dividido por 5.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables de valor nominal $ 100 cada una, con derecho a un voto por acción. Suscripción: el socio Javier Arturo Garcia suscribe 2.500 acciones. El socio Javier Eduardo Vuistaz Serrano suscribe 2.500 acciones. Integración: $ 125.000,00.
Administración: la administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Durante todo el tiempo en el cual la sociedad la integre un único socio, éste podrá ejercer las atribuciones que la ley le confiere a los órganos sociales, en cuanto sean compatibles, incluida la administración y representación legal. Cuando la administración fuere plural, las citaciones a reunión del órgano de administración y la información sobre el temario, se realizarán por medio fehaciente. También podrá efectuarse por medios electrónicos, en cuyo caso, deberá asegurarse su recepción. Las reuniones se realizarán en la sede social o en el lugar que se indique fuera de ella, pudiendo utilizarse medios que permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos. Para la confección del acta rigen las previsiones del tercer párrafo del artículo 51 de la Ley N° 27.349. Las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes. Los administradores podrán autoconvocarse para deliberar sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asisten la totalidad de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Quien ejerza la representación de la sociedad obliga a ésta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social. Administradores: se designa como Administrador Titular: a Javier Arturo Garcia , DNI N° 31.130.626 con domicilio especial en pasaje La Poma 2296, departamento barrio Santa Victoria, en la localidad de Salta, Salta. Como Administrador Suplente: a Javier Eduardo Vuistaz Serrano, DNI N° 18.230.194 con domicilio especial en Balcarce 472, piso, departamento, en la localidad de Salta, Salta.
Fiscalización: prescinde del órgano de fiscalización.
Síndicos: no establece.
Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 31/12.
Cancinos Diaz, DIRECTORA GENERAL DE SOCIEDADES