SALTA, 14 de Noviembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 23075
MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE SALTA
VISTAS:
Las Actuaciones N° 513/24 caratuladas: “Período de Feria Enero 2025”; y
CONSIDERANDO:
Que el Poder Judicial de la Provincia de Salta fijó el período que comprende la Feria Judicial de Enero de 2025 y la distribución de quincenas y semanas que integran dicho período.
Que a los fines de facilitar la organización de las dependencias del Ministerio Público corresponde emitir el instrumento legal, adoptando idéntico criterio.
POR ELLO;
EL COLEGIO DE GOBIERNO,
RESUELVE:
1. ESTABLECER como período de Feria Judicial, el comprendido entre la cero (00:00) hora del día 1ro. de enero y las veinticuatro (24:00) horas del día 31 de enero de 2025.
2. DEJAR ESTABLECIDO que el período de la feria para las dependencias del Fuero Penal, Fuero Civil, de Personas y Familia, Violencia Familiar y de Género y Cuerpo de Investigaciones Fiscales que estuviesen de turno se desagrega del siguiente modo:
Primera quincena se fija en el período comprendido entre la cero (00:00) hora del día 1ro. de enero y se extenderá hasta las veinticuatro (24:00) horas del día 16 de enero de 2025;
Segunda quincena comprenderá desde la cero (00:00) hora del día 17 de enero y se extenderá hasta las veinticuatro (24:00) horas del día 31 de enero de 2025;
3. DEJAR ESTABLECIDO que el período de la feria para el resto de las dependencias judiciales no comprendidas en el punto que antecede, se desagrega del siguiente modo:
Primera quincena comprende del 02 al 16 de enero de 2025;
Segunda quincena comprende del 17 al 31 de enero de 2025;
a) Primera semana desde el 02 al 08 de enero de 2025;
b) Segunda semana desde el 09 al 16 de enero de 2025;
c) Tercera semana desde el 17 al 23 de enero de 2025;
d) Cuarta semana desde el 24 al 31 de enero de 2025.
4. DISPONER que durante la Feria Judicial el horario matutino será de 9:00 a 13:00 horas, y vespertino de 14:00 a 18:00 y para quienes integren el escalafón de Servicios Generales el horario matutino será de 8:30 a 13:10 y vespertino de 13:30 a 18:10.
5. DISPONER que durante el período de Feria Judicial no rige la tolerancia de diez (10) minutos para el horario de ingreso.
6. REGÍSTRESE, notifíquese, publíquese y archívese.
Dra. Mirta Lapad, ASESORA GENERAL DE INCAPACES - Dr. Martín Diez Villa, DEFENSOR GENERAL - Dra. Mirna Paola Obeid, SECRETARIA DE DESPACHO