DECRETO N° 46/22
OTORGA BENEFICIO "RENTA VITALICIA HÉROES DE MALVINAS". SRA. ELISA DURÁN.

Publicado en el Boletín N° 21159, el día 26 de Enero de 2022.



SALTA, 20 de Enero de 2022

DECRETO Nº 46

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO

Expte. Nº 0030277-233190/2021-0

VISTO la Ley Nº 7.278 y sus modificatorias, mediante la cual se creó el beneficio “Renta Vitalicia Héroes de Malvinas”; y,

CONSIDERANDO:

Que la Comisión Provincial de Veteranos de Guerra, solicita se otorgue el beneficio “Renta Vitalicia Héroes de Malvinas” del fallecido veterano de guerra Marcelino Cañari, a favor de la señora Elisa Durán, en su carácter de cónyuge supérstite;

Que lo solicitado tiene encuadre legal en los artículos 2º inciso a) y 3º de la Ley Nº 7.278, modificada por las leyes Nº 7.355 y Nº 7.617;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Otórgase el beneficio “Renta Vitalicia Héroes de Malvinas a la señora Elisa Durán, D.N.I. Nº F0.901.425, en su carácter de cónyuge supérstite del Veterano de Guerra fallecido Marcelino Cañari, D.N.I. Nº 5.185.051, en virtud a los considerandos esgrimidos, a partir de la firma del presente decreto.

ARTÍCULO 2º: Por Secretaría General de la Gobernación, arbítrese a través de las áreas correspondientes, los medios conducentes para hacer efectivo el beneficio, otorgado en el artículo 1º del presente instrumento legal.

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará a la partida correspondiente a Jurisdicción 011010000100 - Curso de Acción Renta Vitalicia Héroes de Malvinas. Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4º: El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo y por la Señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Villada - López Morillo




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