DECRETO N° 48/22
DISPONE PASE A SITUACIÓN DE RETIRO OBLIGATORIO POR INCAPACIDAD. SARGENTO OSCAR ALBERTO VALE. POLICÍA DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 21159, el día 26 de Enero de 2022.



SALTA, 20 de Enero de 2022

DECRETO Nº 48

MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA

Expediente Nº 140044-314117/2019.-

VISTO la solicitud de Retiro Obligatorio por Incapacidad del Sargento Ayudante de la Policía de la Provincia de Salta, Oscar Alberto Vale; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 37.800/2019, la Jefatura de la Policía de la Provincia, resolvió tener la patología que afecta al mencionado sargento, como contraída “independientemente del servicio”, de conformidad a lo establecido en el artículo 439 de la Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía de la Provincia, solicitando se disponga el pase a situación de Retiro Obligatorio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 inciso h), de la Ley Nº 5519 -Suplementaria de Retiros Policiales-;

Que el Departamento de Salud de la Policía de la Provincia realizó la Junta Médica al Sargento Ayudante Vale, y consideró que no se encuentra en condiciones de desarrollar funciones de seguridad y defensa, fijándole una incapacidad definitiva del noventa por ciento (90%) de la total obrera, patología que no guarda relación con el servicio, solicitando su pase a situación de retiro;

Que, por otra parte, la Junta Médica de Medicina Prestacional de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), concluye que el citado agente, presenta una Incapacidad laboral para la actividad policial mayor al sesenta y seis por ciento (66%);

Que la liquidación tendiente a la determinación del haber de retiro cuenta con el visado positivo de la ANSES y de la Resolución Nº 653/2021 del entonces Ministerio de Seguridad, debidamente notificada al beneficiario;

Que la Cláusula Octava del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia de Salta al Estado Nacional, aprobado mediante la Ley Nº 6818, establece que el retiro del Personal de Seguridad debe disponerse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, previo uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviere pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieren caducado, según lo dispuesto por el artículo 2º, inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2875/1997, debiendo cesar, al finalizar éstas, el pago de sus haberes;

Que es necesario dejar expresamente establecido que, al pasar a retiro obligatorio el Sargento Oscar Alberto Vale, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º, inciso c), del Decreto Nº 248/1975, como así también de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1950/1977;

Que por lo expresado y atento al Dictamen Nº 959/2021 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del entonces Ministerio de Seguridad, es procedente el dictado del acto administrativo correspondiente;

Por ello, de conformidad con lo establecido en las Leyes Nº 5519, Nº 6818 y Nº 8128,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese el pase a situación de Retiro Obligatorio por Incapacidad del Sargento de la Policía de la Provincia de Salta, Oscar Alberto Vale, D.N.I. Nº 23.808.612, Clase 1974, Legajo Personal Nº 12.218, Cuerpo Seguridad- Escalafón General, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 inciso h), de la Ley Nº 5519 - Suplementaria de Retiros Policiales-, y en mérito a las razones enunciadas en el considerando del presente decreto.

ARTÍCULO 2º.- Dejáse establecido que en forma previa a hacerse efectivo el pase a retiro del agente, deberá hacer uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviese pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieren caducado, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 2º inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2875/1997.

ARTÍCULO 3º.- Déjase aclarado que el Sargento de la Policía de la Provincia de Salta, Oscar Alberto Vale, D.N.I. Nº 23.808.612, Clase 1974, Legajo Personal Nº 12.218, cuyo pase a retiro obligatorio se dispone en el artículo 1º del presente, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º inciso c), del Decreto Nº 248/1975, como así también de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1950/1977.

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Cornejo - López Morillo




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