SALTA, 12 de Agosto de 2024
DECRETO Nº 495
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
Expediente Nº 0140044-245434/2023-0
VISTO la solicitud de Retiro Voluntario presentada por la Sargento Ayudante de la Policía de la Provincia de Salta, María Mercedes Gutiérrez; y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a las constancias de autos, se encuentran acreditados los requisitos exigidos para el pase a situación de Retiro, conforme lo establece el Acta Complementaria al Convenio de Transferencia del Sistema Provincial de Previsión Social, ratificada mediante el Decreto Nacional Nº 301/2006 y Decreto Provincial Nº 134/2006, esté último ratificado mediante la Ley Nº 8128, razón por la cual corresponde conceder el beneficio invocado;
Que la liquidación tendiente a la determinación del haber de retiro cuenta con el visado positivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y de la Resolución Nº 889/2024 del Ministerio de Seguridad y Justicia, debidamente notificada a la beneficiaria;
Que la Cláusula Octava del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia de Salta al Estado Nacional, aprobado mediante Ley Nº 6818, establece que el retiro del Personal de Seguridad debe disponerse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, previo uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que el agente tuviere pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieren caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2875/1997, debiendo cesar, al finalizar éstas, el pago de sus haberes;
Que es necesario dejar expresamente establecido que, al pasar a Retiro Voluntario la Sargento Ayudante Gutiérrez, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º inciso c), del Decreto Nº 248/1975, como así también de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1950/1977;
Que por lo expresado y atento al Dictamen Nº 2330/2024 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y Justicia, es procedente el dictado del acto administrativo correspondiente;
Por ello, de conformidad con lo establecido en las Leyes Nº 5519, Nº 6818 y Nº 8128,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese el pase a situación de Retiro Voluntario de la Sargento Ayudante de la Policía de la Provincia de Salta, María Mercedes Gutiérrez, D.N.I. Nº 32.455.007, Clase 1986, Legajo Personal Nº 15.965, Cuerpo Seguridad -Escalafón General-, en mérito a las razones enunciadas en el considerando del presente decreto.
ATTÍCULO 2º.- Déjase establecido que en forma previa a hacerse efectivo el pase a retiro de la agente, deberá hacer uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviese pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieren caducado, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 2º, inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2875/1997.
ATTÍCULO 3º.- Déjase aclarado que la Sargento Ayudante de la Policía de la Provincia de Salta, María Mercedes Gutiérrez, D.N.I. Nº 32.455.007, Clase 1986, Legajo Personal Nº 15.965, cuyo pase a retiro voluntario se dispone en el artículo 1º del presente, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º inciso c), del Decreto Nº 248/1975; como así también de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1950/1977.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Domínguez - López Morillo