DECRETO N° 500/24
APRUEBA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE.

Publicado en el Boletín N° 21775, el día 20 de Agosto de 2024.



SALTA, 15 de Agosto de 2024

DECRETO Nº 500

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Expediente Nº 0120159-114107/2007

VISTO el Decreto Nº 826/2022; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del mencionado instrumento, se aprobó el contrato de locación del inmueble ubicado en calle Vicente López Nº 38, identificado catastralmente con Matrícula Nº 6773, de la ciudad de Salta, destinado al funcionamiento de la Escuela Nº 4019 “Presidente José Evaristo Uriburu” y/o cualquier otro establecimiento escolar dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;

Que habiéndose cumplido el plazo acordado oportunamente en la cláusula cuarta del contrato de locación del mencionado inmueble, la Directora de la Escuela Nº 4019 "Presidente José Evaristo Uriburu" manifiesta la necesidad de continuar con el funcionamiento del establecimiento en el citado inmueble;

Que las partes haciendo uso de la facultad establecida en la cláusula décima quinta del referido contrato, convienen prorrogarlo desde el 1 de marzo de 2024 y hasta el 28 de febrero de 2025;

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 3º de la Resolución Nº 37/2024 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, tomaron debida intervención la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;

Que asimismo, la Unidad de Sindicatura Interna y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología emitieron los informes de su competencia;

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 68 y 69 de la Ley Nº 8072, 96 inc. c) del Decreto Nº 1319/2018 y 4º del Decreto Nº 803/2001;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-Apruébase la Prórroga del Contrato de Locación de Inmueble, suscripta entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, representado por su titular, Dra. María Cristina del Valle Fiore Viñuales y la señora Daysi Celestina Morales Valverde D.N.I. 18.829.928, a partir del 1 de marzo 2024 y hasta el 28 de febrero 2025, la que como anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, deberá imputarse a la respectiva partida presupuestaria del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

ARTICULO 3º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Fiore Viñuales - López Morillo



VER ANEXO


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