SALTA, 9 de Septiembre de 2024
DECRETO Nº 530
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
Expedente Nº 0140044-117168/2024-0
VISTO la Resolución Nº 34.540/2024 de la Jefatura de Policía de la Provincia de Salta, solicitando el pase a Retiro Obligatorio del Comisario General Pablo Alejandro Vilte; y,
CONSIDERANDO:
Que el citado pedido obedece a que el nombrado se encuentra comprendido en la causal prevista en el artículo 10 inciso a), de la Ley Nº 5519 -Suplementaria de Retiros Policiales-;
Que la referida norma dispone que los Comisarios Generales que hubieran ocupado los cargos de Jefe o Sub Jefe de la Policía de la Provincia, salvo este último, en el caso de ser designado posteriormente titular de la Institución, pasarán a situación de retiro obligatorio;
Que es menester adoptar acciones tendientes a generar vacantes para los grados de Comisarios Generales, los que se encuentran excedidos conforme la planta analítica autorizada oportunamente, atento a la necesidad orgánica de mantener la estructura piramidal en los cargos jerárquicos de la institución;
Que la Cláusula Octava del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia de Salta al Estado Nacional, aprobado mediante la Ley Nº 6818, establece que el retiro del Personal de Seguridad debe disponerse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, previo uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que el agente tuviere pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 2º inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2875/1997, debiendo cesar, al finalizar éstas, el pago de sus haberes;
Que es necesario dejar expresamente establecido que, al pasar a Retiro Obligatorio el Comisario General de la Policía de la Provincia de Salta, Pablo Alejandro Vilte, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º inciso c), del Decreto Nº 248/1975, como asi también de la aplicación del articulo 21 del Decreto Nº 1950/1977;
Que por lo expresado y atento al Dictamen Nº 2281/2024 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y Justicia, es procedente el dictado del acto administrativo correspondiente;
Por ello, de conformidad con lo establecido en las Leyes Nº 5519, Nº 6818 y Nº 8128,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese el pase a situación de Retiro Obligatorio del Comisario General de la Policía de la Provincia de Salta, Pablo Alejandro Vilte, D.N.I. Nº 23.653.293, Legajo Personal Nº 10.846, Cuerpo Seguridad -Escalafón General- en mérito a las razones enunciadas en el considerando del presente decreto.
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que en forma previa a hacerse efectivo el pase a retiro del agente, deberá hacer uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviese pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieren caducado, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 2º, inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2875/1997.
ARTÍCULO 3º.- Déjase aclarado que el Comisario General de la Policía de la Provincia de Salta, Pablo Alejandro Vilte, D.N.I. Nº 23.653.293, Legajo Personal Nº 10.846, cuyo pase a Retiro Obligatorio se dispone en el artículo 1º del presente, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º inciso c), del Decreto Nº 248/1975; como así tanbién de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1950/1977.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Domínguez - López Morillo