DECRETO N° 636/24
APLICA SANCIÓN DE CESANTÍA. SRA. FÁTIMA ELIZABETH RODRÍGUEZ.

Publicado en el Boletín N° 21815, el día 17 de Octubre de 2024.



SALTA, 14 de Octubre de 2024

DECRETO Nº 636

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 1090376-32973/2023-0 y agregados

>VISTO la situación laboral de la señora Fátima Elizabeth Rodríguez, personal dependiente de la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia del Ministerio de Desarrollo Social; y,

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se instruyeron a fin de determinar la responsabilidad que pudiese corresponderle a la citada agente, quien habría acumulado más de diez (10) inasistencias injustificadas discontinuas en el año 2022;

Que, en efecto, mediante la Resolución Nº 283/2023 del Ministerio de Desarrollo Social se autorizó a través de la Dirección de Actuaciones Disciplinarias dependiente de la Subsecretaría de Personal de la Secretaría de Gestión de Recursos Humanos, a instruir sumario administrativo;

Que luego de la sustanciación de la investigación pertinente, la Dirección de Actuaciones Disciplinarias emitió Dictamen Nº 65/2023, aconsejando aplicarle la sanción de cesantía prevista en el artículo 88 del Decreto Nº 4118/1997;

Qué asimismo, la señora Rodríguez ha transgredido con su accionar, lo establecido en el artículo 11, inciso a) de la Ley Nº 5546 -Estatuto del Empleado Público para la Provincia de Salta-;

Que la responsabilidad administrativa que se hace efectiva a través del poder disciplinario, aparece cuando el agente comete una falta de servicio, transgrediendo las reglas propias de la función pública (conf. Marienhoff, Miguel S., “Tratado de Derecho Administrativo", Tomo III B, Editorial Abeledo Perrot, Buenos Aires, año 1998, página 409) siendo que este poder disciplinario estatal fue ejercido, en el presente caso, mediante la instrucción de un sumario administrativo;

Que debe señalarse que el procedimiento sumarial llevado adelante, no contiene vicio alguno que lo invalide, pues se dio cumplimiento a las normas que informan el debido proceso y se resguardó el ejercicio del derecho de defensa, en tanto que el agente fue debidamente notificado a los efectos de formular descargo, ofrecer prueba y presentar alegatos;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social, emitió Dictamen Nº 364/2024, señalando que en autos se encuentra fehacientemente acreditada la conducta irregular de la señora Rodríguez;

Que de conformidad a las competencias establecidas en el artículo 8o inciso 5) de la Ley Nº 6831, Fiscalía de Estado ha tomado debida intervención mediante Dictamen Nº 220/2024, concluyendo que corresponde aplicar la sanción de cesantía a la referida agente;

Por ello, en ejercido de las potestades conferidas por los artículos 140, segundo párrafo, y 144, inciso 2), de la Constitución Provincial y de las competencias establecidas en el artículo 2º de la Ley Nº 8171 y su modificatoria Nº 8274,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dáse por concluidas las actuaciones sumariales ordenadas por Resolución Nº 283/2023 del Ministerio de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 2º.- Aplícase, a partir de la fecha de su notificación, a la señora Fátima Elizabeth Rodríguez, D.N.I. Nº 25.753.391, personal dependiente de la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, la sanción de cesantía, prevista en el artículo 88 del Decreto Nº 4118/1997, por haber transgredido lo dispuesto en el artículo 11, inciso a) de la Ley Nº 5546.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Mimessi - López Morillo








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