SALTA, 7 de Mayo de 2024
DECRETO Nº 238
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 1090234-48955/2024-0
>VISTO el Convenio suscripto entre la ex Secretaría de Articulación de Política Social del entonces Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
>Que mismo tiene por objeto asistir en la emergencia producida por catástrofes climáticas que atraviesa la población en situación de vulnerabilidad social de los Departamentos de General José de San Martin, Orán y Rivadavia de la Provincia de Salta, a fin de brindar una respuesta inmediata que contenga y asista en las necesidades de la población, y mitigue las consecuencias provocadas por la emergencia mencionada;
Que en ese marco, se aportará a la Provincia la suma de pesos doscientos millones ($200.000.000,00), en concepto de subsidio institucional no reintegrable sujeto a rendición de cuentas;
Que la Dirección General de Coordinación Jurídica, Técnica y Administrativa del Ministerio de Desarrollo Social tomó la intervención de su competencia;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por los artículos 140 y 144 de la Constitución de la Provincia, y lo dispuesto en la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio suscripto entre la ex Secretaría de Articulación de Política Social del entonces Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, y el Gobierno de la Provincia de Salta, cuyo texto en copia certificada, como Anexo, forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Mimessi - López Morillo