RESOLUCIÓN N° 8D/22
OTROGA LICENCIA EXTRAORDINARIA SIN GOCE DE HABERES. ARQ. TERESITA MERCEDES CHAILE PEREYRA.

Publicado en el Boletín N° 21158, el día 25 de Enero de 2022.



SALTA, 19 de Enero de 2022

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 8 D

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 125-283714/21-0

VISTO las actuaciones de referencia, a través de las cuales la Arq. Teresita Mercedes Chaile Pereyra, D.N.I. Nº 23.316.328, agente de la Secretaría de Obras Públicas, solicita Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por tres (3) meses, a partir del 1º de Febrero de 2022; y,

CONSIDERANDO:

Que la Arq. Teresita Mercedes Chaile Pereyra, fundamenta su petición en razones de índole particular y familiares;

Que a fs. 20 ha tomado conocimiento de lo solicitado el Sr. Secretario de Obras Públicas;

Que a fs. 04, el Jefe del Departamento Personal del Ministerio de Infraestructura, señala que la mencionada profesional no registra antecedentes de usufructo de licencia sin goce de haberes durante la última década y computa una antigüedad de 13 años, 11 meses y 28 días, por lo que se encuentra en condiciones de acceder al beneficio solicitado en el marco del art. 58 del Decreto Nº 4118/97;

Que en ese orden, el art. 58 del Decreto Nº 4118/97, establece
“En el transcurso de cada década el agente podrá solicitar con carácter de licencia extraordinaria especial hasta seis (6) meses sin goce de sueldo por asuntos particulares en forma continua o fraccionada, siempre que no afecte el desenvolvimiento de las actividades o no se apongan razones de servicios. El término no utilizado no será acumulable a las décadas posteriores. Para usufructuar de este beneficio en distintas décadas deberá transcurrir un plazo mínimo de dos (2) años entre la terminación de una y la iniciación de la otra. Para tener derecho al beneficio deberá acreditarse una antigüedad mínima de tres (3) años de servicios prestados en forma ininterrumpida de la Administración Pública Provincial, en el período inmediato anterior a la fecha en que se formule el pedido. En todos los casos deberá solicitarse la licencia con quince (15) días hábiles de anticipación, salvo que se acrediten razones de fuerza mayor debidamente comprobadas."

Que en virtud con lo expresado y atento Dictamen Nº 02/22 de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura (fs. 05/05 vta.), se encuentran cumplidos todos los requisitos exigidos para acceder a la licencia requerida, desde el 1º de Febrero de 2022, encuadrándose la misma en el marco de lo previsto en el artículo 58 del Decreto Nº 4118/97, en consecuencia se procede a emitir el presente instrumento legal;

Por ello conforme las facultades delegadas por Decretos Nros. 41/95, 1.575/08 y 1.595/2.012;

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Otorgar Licencia Extraordinaria Sin Goce de Haberes a partir del 1º de Febrero de 2022, por el término de tres (3) meses, a la Arq. TERESITA MERCEDES CHAILE PEREYRA, D.N.I. Nº 23.316.328, agente de planta permanente de la Secretaría de Obras Públicas, conforme a los fundamentos vertidos en los Considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho





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