DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 427/24
RESCINDE LA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE SERVICIOS SUSCRIPTO CON LA SRA. CARLA PAMELA HURTADO. APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS SUSCRIPTO CON MARÍA BEATRIZ CAYO Y OTROS. SECRETARÍA DE PRIMERA INFANCIA, NIÑEZ Y FAMILIA.

Publicado en el Boletín N° 21799, el día 24 de Septiembre de 2024



SALTA, 19 de Septiembre de 2024

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 427

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 87.553/2024 - código 376

>VISTO los Contratos de Servicios suscriptos entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y diversas personas; y,

CONSIDERANDO:

Que dichos contratos se celebran para que las personas desempeñen las tareas descriptas en el Anexo que forma parte en cada uno de los mismos, en la referida Secretaría, en reemplazo de personas, cuyo contrato por la presente se rescinde o ha sido rescindido, feneció o el contratado ha pasado a ocupar una vacante contractual de mayor función;

Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274 y lo establecido por los Decretos Nºs 13/19 y 12/23, la Ley Nº 8072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/18;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Con vigencia al 09 de abril del 2024, dar por rescindida la prórroga del Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Sra. Carla Pamela Hurtado, D.N.I. Nº 34.619.993, aprobada por Decisión Administrativa Nº 60/2024.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar los Contratos de Servicios celebrados entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y las personas consignadas en el Anexo que forma parte de la presente, con vigencia al 01 de mayo y hasta el 31 de agosto del 2024, cuyos textos forman parte de la presente.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida pertinente de la Jurisdicción y CA del Ministerio de Desarrollo Social, Ejercicio 2024.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Mimessi







VER ANEXO




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